Protocolo para el cambio de nombre de las personas transexuales, transgénero e intersexuales en la Ӱԭ. Aprobado en la sesión ordinaria del Consejo de Gobierno de 28 de septiembre de 2017 (BOUGR núm. 124 de 4 de octubre de 2017)
El Anexo I y el Anexo II están publicados separadamente en BOUGR núm. 124
NCG124/3b: Anexo I (Solicitud de nombre de uso común).
NCG124/3c: Anexo II.
Mediante el presente Protocolo se garantiza a las personas con una identidad de
género distinta a la asignada al nacer la posibilidad de usar en la Ӱԭ
un nombre acorde con el género con el que se identifican (nombre de uso común), en
especial en aquellos procedimientos y documentos de exposición pública como la tarjeta
universitaria, los listados de clase, actas o censos electorales y que sean internos de la
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