Modificaci贸n del Plan de reincorporaci贸n presencial ante la Covid-19 del Personal de la UGR

Wed, 06/24/2020 - 13:21
0
24/06/2020
Cristalera de una Puerta del Hospital real

1.- Introducci贸n

El pasado 8 de mayo de 2020, la 杏吧原创 aprob贸 su PLAN DE REINCORPORACI脫N PRESENCIAL ANTE LA COVID-19 del personal, con el objetivo de establecer las medidas organizativas necesarias para hacer compatible el mantenimiento de la prestaci贸n de las funciones que le son propias con la salud y seguridad de las personas que deber铆an de prestar servicio en aquellas 谩reas que no hab铆an sido declaradas como esenciales, acompasando dicha incorporaci贸n a las distintas fases establecidas en el Plan para la Transici贸n Hacia la Nueva Normalidad aprobado por el Gobierno de la Naci贸n el 28 de abril de 2020.

Con la aprobaci贸n del Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevenci贸n, contenci贸n y coordinaci贸n para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 (BOE n煤m. 163 de 10-6-20) nos encontramos ante un nuevo escenario.

Las medidas contempladas en dicho Real Decreto-ley (denominado coloquialmente de la 鈥淣ueva Normalidad鈥) ser谩n de aplicaci贸n en todo el territorio nacional, aunque las contempladas en los cap铆tulos II, III, IV, V, VI y VII y en la disposici贸n adicional sexta 煤nicamente ser谩n de aplicaci贸n en aquellas provincias, islas o unidades territoriales que hayan superado la Fase III del Plan para la Transici贸n hacia una Nueva Normalidad, y en las que hayan quedado sin efecto todas las medidas del estado de alarma, conforme a lo dispuesto en el art铆culo 5 del Real Decreto, 555/2020, de 5 de junio, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, a excepci贸n de lo dispuesto en el art铆culo 15.2 que ser谩 de aplicaci贸n desde el momento de la entrada en vigor del real decreto-ley en todo el territorio nacional, pero ahora, ser谩n las comunidades aut贸nomas las que puedan decidir, con arreglo a criterios sanitarios y epidemiol贸gicos, la superaci贸n de la Fase III en las diferentes provincias, islas o unidades territoriales de su Comunidad y, por tanto, su entrada en la 芦nueva normalidad禄

Por lo tanto, y sin perjuicio de que tanto la Comunidad Aut贸noma de Andaluc铆a, como las Ciudades Aut贸nomas de Ceuta y Melilla pudieran dictar instrucciones espec铆ficas de aplicaci贸n en nuestros Campus Universitarios, es necesario que la 杏吧原创 establezca un conjunto de medidas organizativas para adaptar el Plan inicial de Reincorporaci贸n a la nueva realidad recogida en el Real Decreto-ley 21/2020, teniendo en cuenta para ello las normas e instrucciones que en esta materia han dictado las distintas Administraciones P煤blicas, y en especial, la Resoluci贸n del Secretario de Estado de Pol铆tica Territorial y Funci贸n P煤blica de medidas a adoptar en los Centros de Trabajo dependientes de la Administraci贸n General del Estado con motivo de la nueva normalidad de 17 de junio de 2020.

Como primera gran adaptaci贸n, el Comit茅 de Seguridad y Salud ha aprobado la modificaci贸n de las Medidas Preventivas del Plan para la Reincorporaci贸n Presencial ante la Covid-19 de la UGR, piedra angular sobre la que pivotan todas las acciones y recomendaciones necesarias para asegurar que la reanudaci贸n de la prestaci贸n presencial de los distintos servicios se realiza con plenas garant铆as de protecci贸n de la salud y seguridad de las trabajadoras y trabajadores de la UGR.

2.- Objeto y 谩mbito de aplicaci贸n

El presente Plan tiene por objeto servir de marco general para la puesta en marcha de las distintas medidas de tipo organizativo a adoptar tras la finalizaci贸n del Estado de Alarma y la determinaci贸n para parte de la autoridad competente de la superaci贸n de la Fase III de desescalada prevista en el Plan para la Transici贸n Hacia la Nueva Normalidad aprobado por el Gobierno de la Naci贸n el 28 de abril de 2020.

Ser谩 de aplicaci贸n al Personal Docente e Investigador (PDI), Personal de Administraci贸n y Servicios (PAS), Personal Investigador (PI) y T茅cnicos de Apoyo de la 杏吧原创, en un contexto general en el que ha finalizado el per铆odo de docencia y se mantiene suspendida la evaluaci贸n presencial, y se continua fomentando el teletrabajo en todas aquellas 谩reas en las que por la naturaleza de las funciones sea posible, adapt谩ndose las condiciones para permitir la reincorporaci贸n a la actividad de administraci贸n, gesti贸n y servicios en aquellos supuestos donde no se pueda desarrollar la actividad de forma no presencial.

En todo caso, en el trabajo presencial, se dotar谩 a todo el personal de los medios de protecci贸n individual y colectiva necesarios para poder realizar el trabajo con todas las garant铆as de seguridad y salud.

Las medidas preventivas de la 杏吧原创 para la reincorporaci贸n presencial ante la Covid-19 se encuentran recogidas espec铆ficamente en la modificaci贸n del PE22 Medidas Preventivas del Plan para la Reincorporaci贸n Presencial ante la Covid-19 de la UGR (Anexo I), elaborado por el Servicio de Salud y Prevenci贸n de Riesgos Laborales (SSPRL), y aprobado por unanimidad por el Comit茅 de Seguridad y Salud en su sesi贸n del 18 de junio de 2020, y que podr谩n ser adaptadas a las particularidades de cada unidad organizativa y centro de trabajo.

3.- Adaptaci贸n de los Planes de Centro, Departamento, Servicio y Unidad

3.1.- A la hora de adaptar los correspondientes planes a los que se refiere este ep铆grafe, habr谩 de tenerse en cuenta que a partir de la entrada en vigor de la 鈥淣ueva Normalidad鈥 y el final del Estado de Alarma, ser谩 de aplicaci贸n lo dispuesto en el Calendario Laboral del Personal de Administraci贸n y Servicios para 2020:

  • Desde el 16 de junio al 15 de septiembre se realizar谩 la prestaci贸n del servicio con una jornada de horario reducido con el siguiente detalle:

Turno de ma帽ana: de 9:00 a 14:00 horas. / Turno de tarde: de 14:00 a 19:00 horas.

  • Cuando por necesidades del servicio los Centros, Servicios o Unidades deban permanecer abiertos con horario normal, sus responsables adoptar谩n aquellas medidas que lo permitan, respetando la reducci贸n horaria del personal.

  • Entre el 1 y el 31 de julio, con car谩cter general, los edificios e instalaciones s贸lo abrir谩n en horario de ma帽ana, permaneciendo cerrados en horario de tarde.

Para aquellas personas que deban de acceder a los Centros fuera del horario establecido se realizar谩 conforme a los siguientes procedimientos:

  • Usando la tarjeta de acceso: en los edificios habilitados con este sistema.

Tel茅fono de incidencias con tarjeta TUI: 41012

  • A trav茅s del Centro de Control de Seguridad: para los edificios que no tengan instalado un sistema de tarjeta de acceso o no se disponga de la misma. El protocolo a seguir ser谩 el siguiente:

Contactar con el Centro de Control de Seguridad en los siguientes tel茅fonos 958 249393 y 958 242011 y solicitar el acceso y, en su caso, comunicar el abandono de la instalaci贸n. A efectos organizativos, el interesado debe llamar con cierta antelaci贸n -aproximadamente-30 minutos- para que el servicio de vigilancia pueda dar una respuesta eficiente.

  • Identificaci贸n del usuario: facilitar谩 al personal de seguridad los siguientes datos: nombre, apellidos, n煤mero de D.N.I. y sector al que pertenecen (PDI o PAS).

3.2. La responsabilidad de la aplicaci贸n de las medidas organizativas contempladas en el presente Plan corresponde al Equipo de Gobierno, a las/los Decanas/os y Directoras/es de Centros Acad茅micos, Departamentos e Institutos Universitarios de Investigaci贸n, los/las Investigadores/as Principales de Proyectos, as铆 como a las personas responsables de Personal de Centros, Servicios y Unidades Administrativas.

3.3.- La responsabilidad de las medidas preventivas corresponde al Vicerrectorado de Igualdad, Inclusi贸n y Sostenibilidad, conforme a lo dispuesto en el Anexo I antes citado.

3.4.- Conforme a dichas responsabilidades, cada centro, departamento, servicio y unidad deber谩 adecuar el Plan de incorporaci贸n progresiva de su personal cumpliendo en todo caso las indicaciones contenidas en el presente documento.

3.5.- Dichos planes se referir谩n, por un lado, a la determinaci贸n de los puestos de trabajo cuya naturaleza permite la prestaci贸n en modalidad no presencial, siempre que se garantice la correcta prestaci贸n de los servicios, y por otro, las personas que habr谩n de incorporarse presencialmente, sus horarios y lugar de trabajo, as铆 como las medidas organizativas y materiales necesarias para que dichas personas se puedan incorporar al puesto de trabajo con las necesarias garant铆as de seguridad y salud. En este sentido, el personal t茅cnico del SSPRL de la 杏吧原创 podr谩 prestar su asesoramiento profesional, en caso de ser necesario.

3.6.- As铆 mismo, se reitera que es responsabilidad de todas las personas pertenecientes a la comunidad universitaria contribuir al cumplimiento estricto de las medidas de protecci贸n encaminadas a controlar y reducir la transmisi贸n de la Covid-19.

4.- Medidas preventivas generales.

4.1.- El personal de la UGR deber谩 actuar ateni茅ndose en todo momento a las instrucciones recogidas en el documento de Medidas Preventivas para la Reincorporaci贸n Presencial ante la Covid-19, en el presente Plan y sus adaptaciones y actualizaciones y, en su caso, en el plan de centro, departamento, servicio o unidad que le corresponda.

4.2.- En aquellos aspectos no previstos en la regulaci贸n anterior, ser谩 de aplicaci贸n el documento marco, elaborado conjuntamente por el Ministerio de Sanidad y el Ministerio de Universidades, con las medidas de prevenci贸n e higiene frente al COVID-10 para centros universitarios en el curso 2020-2021

5.- Incorporaci贸n del Personal Docente e Investigador (PDI) y Personal Investigador (PI).

5.1.- El Personal Docente e Investigador y el Personal Investigador tendr谩 libre acceso a las dependencias de los Centros, Departamentos y Laboratorios, sin necesidad de realizar el registro de su presencia en las Conserjer铆as de los mismos, teniendo en cuenta las nuevas normas preventivas y de seguridad aprobadas en el documento de Medidas Preventivas del Plan para la Reincorporaci贸n Presencial ante la Covid-19 del personal de la UGR de fecha 18 de junio de 2020.

5.2.- Las doctorandas y doctorandos tendr谩n libre acceso a las dependencias de los Centros, Departamentos y Laboratorios, por el car谩cter eminentemente investigador de su actividad, siempre y cuando su asistencia sea imprescindible y la misma se realice bajo la supervisi贸n del director de tesis. As铆 mismo, las personas que est茅n realizando un TFG o TFM que tenga una vertiente experimental que requiera presencialidad, podr谩n acceder a las instalaciones en las mismas condiciones y con los mismos requisitos de seguridad y bajo la supervisi贸n del tutor o tutora.

5.3.- Los Directores o las Directoras de Departamento informar谩n a las personas que vayan a acceder a sus dependencias sobre las normas de seguridad que se deben seguir en todo momento durante su estancia en dependencias del departamento.

5.4.- En funci贸n de las caracter铆sticas concretas de cada Centro, se establecer谩n los mecanismos que garanticen la correcta limpieza y desinfecci贸n de los espacios utilizados.

5.5.- Los usuarios de despachos o laboratorios compartidos deben ponerse de acuerdo para mantener la ocupaci贸n de los locales de acuerdo con las normas establecidas en las Medidas Preventivas del Plan para la Reincorporaci贸n Presencial ante la Covid-19 del personal de la UGR de fecha 18 de junio de 2020.

5.6.- Todo el personal que, por motivos de su trabajo tenga que desarrollar su actividad docente o investigadora en otros centros de trabajo diferentes al de la UGR deber谩 contar con la preceptiva Coordinaci贸n de la Actividad Empresarial (CAE) con la empresa/empresas implicadas.

6.- Incorporaci贸n del Personal de Administraci贸n y Servicios (PAS).

6.1.- Siempre que sea posible, se fomentar谩 la continuidad del teletrabajo para aquellos puestos que puedan realizar su actividad laboral a distancia. Esta situaci贸n se mantendr谩 vigente hasta el pr贸ximo 1 de septiembre de 2020. A partir de esa fecha, se realizar谩 la reincorporaci贸n presencial de toda la plantilla del PAS, sin perjuicio de aquellas medidas de modalidades no presenciales de prestaci贸n de servicios que puedan adoptarse con motivo del inicio del pr贸ximo curso 2020/2021, seg煤n lo dispuesto en la Resoluci贸n del Secretario de Estado de Pol铆tica Territorial y Funci贸n P煤blica de medidas a adoptar en los Centros de Trabajo dependientes de la Administraci贸n General del Estado con motivo de la nueva normalidad de 17 de junio de 2020, o cualquier otro acuerdo que en dicha materia pueda alcanzarse.

6.2.- Cuando no sea posible realizar trabajo no presencial por incompatibilidad de las funciones con esta modalidad de trabajo o cuando los medios t茅cnicos no permitan la tramitaci贸n de los procesos de la Unidad, el personal de administraci贸n y servicios se incorporar谩 presencialmente a su puesto de trabajo a partir del pr贸ximo d铆a 29 de junio de 2020.

6.3.- As铆 mismo, cuando las necesidades del servicio requieran la asistencia presencial para la realizaci贸n de los procesos, se podr谩 combinar, si es posible, la modalidad de trabajo no presencial con la presencial, seg煤n lo dispuesto en el Plan individualizado de trabajo de cada Unidad.

6.4.- A partir del 29 junio de 2020, quedar谩n sin efecto las autorizaciones de conciliaci贸n para ausencias del 100% de la jornada laboral, concedidas por concurrir circunstancias excepcionales relacionadas con las actuaciones necesarias para evitar la transmisi贸n comunitaria del COVID-19 previstas en el punto 7 del apartado segundo de la Resoluci贸n de la Gerencia de la 杏吧原创, de 13 de abril, por la que se modifican las medidas de car谩cter organizativo y de gesti贸n del personal de administraci贸n y servicios (PAS) como consecuencia de la declaraci贸n del Estado de Alarma y sus prorrogas, quedando como medidas de conciliaci贸n la reducci贸n y adaptaci贸n de jornada previstas en la legislaci贸n vigente.

6.5.- En cuanto a la incorporaci贸n presencial de las personas que hayan sido declaradas especialmente sensibles por el SSPRL de la UGR, se estar谩 a lo dispuesto en el informe de conclusi贸n emitido por dicho Servicio. Quedar谩n exentos de incorporaci贸n, hasta la emisi贸n del citado informe, aquellas personas cuyo diagn贸stico est茅 en fase de estudio.

6.6.- Para la incorporaci贸n presencial, sin perjuicio del cumplimiento de la normativa de prevenci贸n de riesgos laborales y del resto de la normativa que resulte de aplicaci贸n, las personas responsables de los distintos Centros, Servicios y Unidades deber谩n:

  • a) Adoptar medidas de ventilaci贸n, limpieza y desinfecci贸n adecuadas a las caracter铆sticas e intensidad de uso de los centros de trabajo, con arreglo a los protocolos establecidos en las Medidas de Prevenci贸n del SSPRL de la UGR.
  • b) Poner a disposici贸n de los trabajadores agua y jab贸n, o geles hidroalcoh贸licos o desinfectantes con actividad virucida para la limpieza de manos.
  • c) Adaptar las condiciones de trabajo, incluida la ordenaci贸n de los puestos de trabajo y la organizaci贸n de los turnos, as铆 como el uso de los lugares comunes de forma que se garantice el mantenimiento de una distancia de seguridad interpersonal m铆nima de 1,5 metros entre los trabajadores. Cuando ello no sea posible, deber谩 proporcionarse a los trabajadores equipos de protecci贸n adecuados al nivel de riesgo.
  • d) Adoptar medidas para evitar la coincidencia masiva de personas, tanto trabajadores como clientes o usuarios, en los centros de trabajo durante las franjas horarias de previsible mayor afluencia.

6.7.- Dada la importancia de alcanzar la m谩xima eficiencia en la utilizaci贸n de los recursos humanos disponibles, y teniendo en cuenta que en muchas de las Unidades habr谩 de establecerse turnos de trabajo, se recuerda a todo el personal la obligaci贸n de solicitar los asuntos particulares y/o las horas de conciliaci贸n con una antelaci贸n m铆nima de 48 horas sobre la fecha prevista de disfrute. Se recuerda que la solicitud de asuntos propios u horas de conciliaci贸n no son la autorizaci贸n de su disfrute, que habr谩 de realizarse expresamente por el responsable de personal, atendiendo a las necesidades del servicio.

7- Vigencia del Plan.

7.1.- Este plan tiene un car谩cter din谩mico y se actualizar谩 en todo momento seg煤n las directrices establecidas por las autoridades competentes en las distintas materias. Dichas actualizaciones, adaptaciones y medidas espec铆ficas para determinadas unidades y actividades se publicar谩n en la web ().

7.2.- Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, la vigencia del presente Plan se extiende desde el d铆a siguiente a su aprobaci贸n y publicaci贸n, hasta el inicio del per铆odo de vacaciones estivales (1 de agosto de 2020), fecha en que ser谩 sustituido por el Plan de Atenci贸n al Usuario agosto 2020.

7.3.- En cuanto a las medidas organizativas que hubiesen de adoptarse para el inicio del nuevo curso acad茅mico 2020/2021, 茅stas se incluir谩n en un nuevo Plan.

Granada, a 24 de junio de 2020.